12/5/16

¿Cómo voto el 26-J desde el extranjero?

Hoy estaba viendo zapeando, y entre broma y broma sobre pactos y acusaciones, mi cerebro me ha dicho "eh, eh, eh, eh, ¡EH! ¿cómo vamos a votar estas elecciones, si no estamos en España?". Me he puesto a indagar y he descubierto cómo hay que hacerlo. Os cuento.



Importante: Esto solo podréis hacerlo si estáis allí antes del 28 de mayo, que es la fecha límite para presentar la solicitud. Si os pasa como a mi, no vais a poder votar.

Nosotros somos ciudadanos españoles residiendo temporalmente en el extranjero, por lo que es un poco más pringoso todo este asunto, pero aún así es muy sencillo, ya veréis.

Lo primero que debemos hacer es dirigirnos a la Oficina Consular o a la Sección Consular de la embajada y entregar este documento relleno y firmado. Esta solicitud deberá dirigirse a la Delegación de la Oficina del Censo Electoral de vuestra provincia.

La Delegación de la Oficina del Censo Electoral os enviará al domicilio que hayáis indicado en la solicitud la documentación electoral el día 31 de mayo. Vosotros tenéis hasta el día 22 de junio para remitir el voto por correo certificado. Y ¡chin pum!

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